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Política de Participación Social en Salud – PPSS

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Participación Social en Salud – PPSS

2 minutos de lectura

Recuerda: a través de la participación se logran transformaciones y quien participa en ella se transforma, se empodera. #

El Derecho a la Participación y su vínculo con el Derecho a la Salud: #

La salud es considerada como derecho humano y social desde el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales proferido en 1966 por naciones Unidas y ratificado por el Estado colombiano en 1978.

La salud es una construcción social: Expresa el valor que el conjunto de las personas
que conforman un país le otorgan al bienestar de cada ciudadano y de todos.

Ese valor se ha positivizado, es decir se ha colocado en una serie de normas de obligatorio cumplimiento para todas las partes incluido el Estado.

En este contexto, todos los ciudadanos tienen el derecho de expresar y decidir qué tipo de salud corresponde a la mejor opción para todos, en este punto se vincula el derecho a la salud con el derecho a la participación en un todo indivisible, interdependiente e integral.

Es decir que sin derecho a la participación no es posible la realización del derecho a la salud.

¿Cómo se entiende la participación en la PPSS? #

La Participación Social es un derecho vinculado con el derecho humano fundamental a la salud, y esto significa que:

  • La participación es universal sin discriminación.
  • La participación integral e interdependiente.
  • El estado es garante de la participación social.

Principios #

  • La participación se basa en la igualdad y en la equidad.
  • La participación es individual y colectiva.

a. Enfoque de derechos. Los ciudadanos son titulares y sujetos plenos para ejercer el derecho a la participación, y es responsabilidad de los servidores públicos adoptar las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de éste, incluyendo acciones de afirmación y restitución cuando ellos hayan sido vulnerados.
b. Territorialidad: La PPSS tendrá en cuenta las dinámicas territoriales y la diversidad y heterogeneidad de los procesos de participación en la perspectiva de impulsar y garantizar el derecho a la participación, lo que implica reconocer el desarrollo diferencial de los espacios, mecanismos e instancias de participación social.
c. Diversidad: Es el reconocimiento y promoción de la pluralidad, la heterogeneidad y la singularidad manifiesta en los planos étnico, cultural, de edad, sexo, identidad
de género u orientación sexual, religiosa o política de los sujetos participantes.
d. Solidaridad: Capacidad de acción articulada entre los ciudadanos, organizaciones e instituciones, en causas que aporten al desarrollo individual y colectivo, privilegiando a quienes se encuentren en desventaja manifiesta frente al ejercicio de su derecho a la participación.
e. Autonomía: Es el reconocimiento de la libertad y dignidad de las personas y organizaciones para ejercer el derecho a la participación.
f. Equidad: Desde la perspectiva de desarrollo humano, el concepto de equidad implica el reconocimiento de las condiciones desiguales que afectan a las personas para el ejercicio de la participación, se deben evitar las discriminaciones.
g. Transparencia: Hace referencia al establecimiento de mecanismos de acceso a la información, criterios y dispositivos que garanticen la participación en los procesos de gestión de la salud: de inversión en salud, rendición de cuentas, auditoria y contraloría social e interacción entre los funcionarios y/o trabajadores de la salud con la población.
h. Corresponsabilidad: La política de participación debe favorecer la concurrencia de esfuerzos de los actores sociales concertados y articulados entre sí.

La ESE CENTRO DE SALUD DE GALAPA, a través de la Resolución 0223 de 16 de diciembre de 2021, adoptó la Política de Participación Social en Salud y trabaja mancomunadamente con los usuarios en su fortalecimiento, trabajando en los siguientes EJES:

EJE 1: FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL: #

Capacitar al personal del sector salud para la generación de capacidades para el derecho a la participación social.

EJE 2: EMPODERAMIENTO DE LA CIUDADANÍA Y LAS ORGANIZACIONES SOCIALES EN SALUD: #

Capacitar a los usuarios en los en deberes y derechos, procesos de participación, temas de interés en salud y en el derecho a la salud.
Incentivar la promoción y socialización de una cultura de bienestar y salud a los usuarios.

EJE 3: IMPULSO A LA CULTURA DE LA SALUD: #

Incentivando los mecanismos de Participación Social:

  • Asociaciones de usuarios.
  • Comités de participación comunitarias- COPACOS.
  • Comité de ética.

Evidencias #

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Updated on 18 de diciembre de 2023

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Tabla de contenidos
  • Recuerda: a través de la participación se logran transformaciones y quien participa en ella se transforma, se empodera.
  • El Derecho a la Participación y su vínculo con el Derecho a la Salud:
  • ¿Cómo se entiende la participación en la PPSS?
  • Principios
  • EJE 1: FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL:
  • EJE 2: EMPODERAMIENTO DE LA CIUDADANÍA Y LAS ORGANIZACIONES SOCIALES EN SALUD:
  • EJE 3: IMPULSO A LA CULTURA DE LA SALUD:
  • Evidencias

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Dirección: Calle 12 Cra 16 Esquina, Galapa, Atlántico
Horario de atención: 24 horas

Linea anticorrupción en construcción correo institucional: siau@hospitalgalapa.gov.co
Correo notificaciones judiciales:
notificacionesjudiciales@hospitalgalapa.gov.co juridica@hospitalgalapa.gov.co
Telefono conmutador:
Indicativo nacional (605) – 3225830

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Dirrección: : Carrrera 32 # 10 – 380
Horario: Lunes a viernes de 7: 00-3:00 pm Sabados de 8:00 a 12:00 pm

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